SERVICIOS MINIMOS - 9, 10, 11 y 13 DE DICIEMBRE
Los próximos días 9 y 13 de diciembre están previstos paros parciales diurnos, el 10 un paro parcial nocturno, el 11 de diciembre la convocatoria es de toda la jornada diurna y a partir del 16 se anuncia huelga indefinida.
Los servicios mínimos establecidos para las diferentes convocatorias son del 60% para las horas punta y del 40% para las valle.
Los horarios se mostrarán en los autobuses y en las principales paradas de la red.
Tal y como se señala en la Orden Foral 145/2013 del 2 de diciembre, los días 9 y 13 de diciembre la huelga está convocada entre las 8:00 y las 10:00 horas y las 17:30 y las 19:30 horas: es decir, el primer intervalo está dentro de la hora punta de la mañana (6:30 a 9:30 horas) y el segundo intervalo dentro de la hora punta de la tarde (17:00 a 20:30 horas). Por tanto, la huelga está convocada para producir la máxima incidencia en los desplazamientos habituales de los ciudadanos. Por ello los servicios mínimos se deben fijar teniendo en cuenta las características de estas horas punta.
Teniendo en cuenta esas circunstancias, y dado que algo más del 60% de los viajes son realizados por motivos obligados (trabajo, médico, etc.), y éstos se concentran en las horas punta, el servicio mínimo en ese periodo, definido como un porcentaje respecto al normal, debiera ser aproximadamente de ese orden de magnitud. Por ello, se propone el establecimiento de un servicio mínimo del 60% respecto al servicio normal en día laborable. Este porcentaje se aplicará tanto a los autobuses fijos y reservas, como a los autobuses de refuerzo.
Por otra parte, en el caso de la red nocturna, entre las 22:45 horas y las 00:00 horas del día 10 de diciembre, como servicio mínimo se realizará la última expedición (ida más vuelta) de cada línea, para garantizar así la realización de los desplazamientos finales de la jornada.
Huelga de jornada completa el día 11 e indefinida a partir del 16.
Por otro lado, el día 11 de diciembre la huelga está convocada para una franja horaria que abarca desde las 6:00 horas hasta las 23:30 horas. Este caso, la Orden Foral 145/2013, determina que para hacer operativo el procedimiento se han definido franjas homogéneas según el esquema de horas punta y horas valle. Las horas punta quedan definidas de esta forma:
- Hora punta de la mañana: de 6:30 a 9:30.
- Hora punta del mediodía: de 13:00 a 15:30.
- Hora punta de la tarde: de 17:00 a 20:30.
Las horas valle serán las restantes.
Para las horas punta, por las razones expuestas en las convocatorias de los días 9 y 13, se han establecido unos servicios mínimos del 60%. Para las horas valle, en cambio, se ha establecido un 40% del servicio normal de un día laborable.